La declaración de la Renta es una obligación de todo ciudadano a la hora de saldar cuentas con Hacienda. Sin embargo, la ley del impuesto establece una serie de excepciones, es decir, contribuyentes que no deben presentar este documento anual.
Para este 2023, la fecha de inicio de la campaña arranca el próximo 11 de abril a través de internet. Asimismo, desde el próximo 5 de mayo y hasta el 30 de junio la declaración del IRPF se podrá presentar también por teléfono. Y entre el 1 y el 30 de junio, los contribuyentes podrán presentar su declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. Con resultado a ingresar y con domiciliación bancaria, el plazo concluye el 27 de junio.
Para la declaración del período 2022-2023 hay que tener en cuenta algunas novedades, entre ellas que el Gobierno ha llevado a cabo varias medidas, de cara a la subida de la inflación, para que los contribuyentes con menos ingresos no tengan tanta responsabilidad fiscal. Esta novedad llega con la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 con los que, mediante la Ley 31/2022 , se aumenta el límite por el que los contribuyentes no tienen que hacer la declaración, incluso si sale a pagar.
Quién estará exento de presentar la Renta 2022
Una consecuencia directa de esta ampliación de la reducción por rendimientos del trabajo es que los contribuyentes que reciben rentas de más de un pagador no estarán obligados a declarar si la suma de sus rendimientos no supera los 15.000 euros, a diferencia de los 14.000 euros anteriores. Es decir, aquel contribuyente que haya recibido hasta 15.000 euros anuales por parte de más de un pagador no tendrá que hacerla. También contarán como dos pagadores si una persona finaliza un contrato y empieza a cobrar una prestación por desempleo.
Esto trae consigo varios cambios. Uno de los principales es que el mínimo de tributación para un contribuyente soltero y sin hijos sube de 14.000 a 15.000 euros. Por tanto, un trabajador que en la actualidad percibe el Salario Mínimo Interprofesional, fijado en 14.000 euros, no tributará por IRPF. También supone que un trabajador que hoy gana 14.500 euros y tributa por IRPF dejará de pagar el impuesto.
Con el incremento de la reducción de los rendimientos del trabajo, en el caso de un asalariado con dos hijos que presenta la declaración conjunta, el mínimo de tributación experimenta un aumento: pasa de 18.000 euros a 19.000 euros.
Asimismo, aquellos que perciban más de este mínimo, empezarán a tributar solo por las cantidades que se sitúen por encima de este mínimo. Por ejemplo, si una persona tiene unos rendimientos de 21.000 euros anuales, los primeros 15.000 euros no tributarían. Y, de los 15.000 euros a los 21.000 euros, se aplicarían los distintos tramos establecidos por la AEAT.
Otro de los colectivos que estarán exentos de presentar la Declaración de la Renta son aquellos que hayan percibido pensiones compensatorias o bien anualidades por alimentos del cónyuge.
Las personas que reciban rendimientos sujetos a un tipo fijo de retención tampoco deberán saldar cuentas con la Administración, así como tampoco deberán hacerlo aquellas personas que perciban rendimientos de un pagador quien no está obligado a retener.
Por último, es importante destacar que todas aquellas personas que tuvieron unos rendimientos inferiores a 22.000 euros de un solo pagador tampoco deberán presentar la declaración. Y, aquellos que hayan tenido dos pagadores, tampoco deberán hacerlo si del último pagador se percibieron menos de 1.500 euros.
Otras deducciones u obligaciones
Además de las exenciones mencionadas, hay ciertos supuestos en los que estas no serán de aplicación. Por ejemplo, todos los empleados por cuenta propia, sin importar sus rendimientos, deberán presentar esta declaración.
Por el contrario, aquellos que tienen una hipoteca deberán valorar las ventajas de presentarla. Pese a no estar obligados si los rendimientos son inferiores a los 22.000 euros, hay deducciones que podrían ser de aplicación y que les acabarían beneficiando.
Además de los ingresos por el trabajo, el ahorro y los planes de pensiones también se computan dentro de este impuesto. Por este motivo, todas aquellas personas que hagan aportaciones a planes de pensiones deberán asegurarse de los límites y ver si es necesario presentar esta declaración.
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